La Corte neuquina ordenó a mapuches devolver terrenos en Villa La Angostura
Se trata del camping “Correntoso”, en disputa con la municipalidad local desde 2013.
El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén ordenó a una comunidad mapuche la devolución de los terrenos del camping “Correntoso”, ocupado invocando derechos ancestrales, a la municipalidad local.
El tribunal emitió la decisión en un pleito que lleva ya una década y que involucra a la lof Paicil Antriao de Villa La Angostura.
El fallo desconoce los derechos ancestrales invocados por los pueblos originarios.
El fallo señala que “no se ha producido prueba que demuestre (que la comunidad mapuche) ha ocupado este lote entre sus tierras ancestrales, de acuerdo con sus prácticas consuetudinarias”.
“No se han demostrado fehacientemente la presencia de los recaudos que permitirían calificar a la ocupación por parte de la comunidad como tradicional y actual”, añadieron los jueces Germán Busamia y Evaldo Moya.
La comunidad indicó que sus reclamos territoriales en ese predio van “más allá de una connotación económica” y reivindicaron “un sentido espiritual y cultural vinculado a lo ancestral y a la dimensión comunitaria”.
“El pueblo mapuche se definiría como parte de ese todo”, añadieron.
Pero la máxima instancia local rechazó los argumentos porque –dijo el fallo- “no hay modo de vincular esa supuesta dimensión comunitaria del territorio pretendido”.
Los terrenos en disputa desde 2013, cuando se inició la causa, están situados sobre la costa del lago Correntoso y de allí el nombre del camping.
En enero pasado, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) –que interviene en el conflicto por exhortación de la comunidad mapuche- remitió una nota a la provincia de Neuquén pidiendo informes sobre la implementación de medidas cautelares.