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En una audiencia de formulación de cargos realizada el lunes, el asistente letrado Luciano Vidal acusó a dos varones por robar en una vivienda ubicada en la ciudad de Plottier.
Actualidad22 de enero de 2025En una audiencia de formulación de cargos realizada el lunes, el asistente letrado Luciano Vidal acusó a dos varones por robar en una vivienda ubicada en la ciudad de Plottier.
Al inicio de la audiencia, el representante del Ministerio Público Fiscal explicó que ambos imputados llegaron detenidos por un hecho ocurrido el 20 de enero a las 16. Detalló que M.A.Z y J.I.Z junto a otro varón, no identificado hasta la fecha, fueron en una camioneta hasta la vivienda, forzaron la reja de entrada, accedieron al patio y rompieron una puerta ventana, logrando acceder al interior. Del lugar robaron un televisor y computadoras.
Al ver que los vecinos fueron alertados por el disparo de la alarma, los imputados se dieron a la fuga. Posteriormente, tras una persecución policial, la camioneta en la que se trasladaban chocó y los tres varones comenzaron la huida, siendo aprehendidos solamente M.A.Z y J.I.Z.
Por este hecho la fiscalía les imputó el delito de robo en poblado y en banda, en calidad de coautores (artículos 167 inciso segundo y 45 del Código Penal)
Otros hechos
En relación a M.A.Z la fiscalía también le atribuyó dos hechos de encubrimientos: el primero ocurrió entre el 15 de enero a las 14:40 y el 19 a las 16:35. Dos personas no identificadas hasta el momento, robaron una camioneta con la que después el acusado cometió el hecho. La víctima había dejado el rodado en marcha para ingresar a un kiosco.
El segundo hecho ocurrió el 19 de enero entre las 15 y las 16:35. Personas no identificadas, colocaron chapas patentes robadas en la camioneta que posteriormente fue conducida por el acusado para cometer el robo en la vivienda de Plottier.
Po estos hechos fue acusado por los delitos de encubrimiento por receptación dolosa y hurto, agravados por la habitualidad (teniendo en cuenta que M.A.Z ya fue condenado). Los delitos fueron enmarcados en los artículos 277 inciso primero c e inciso tercero, 279 y 45 del Código Penal).
Medidas
En relación a J.I.Z, teniendo en cuenta el peligro de fuga y de entorpecimiento, es que el representante de la fiscalía le solicitó al juez que el acusado realice comparendos semanales en la comisaria, y que se le prohíba ejercer actos de violencias o acercase a menos de 200 metros de la vivienda en la que se cometió el robo y así como también hacia los vecinos del lugar.
En cuanto a M.A.Z, el asistente letrado detalló que en abril de 2022 fue condenado a 3 años y 3 meses de efectivo cumplimiento por distintos delitos, entre ellos por encubrimiento por receptación dolosa, y que además se declaró la primera reincidencia. Teniendo en cuenta esos antecedentes, Vidal requirió que como medida de coerción el acusado quede detenido en prisión preventiva, a los fines de garantizar el sometimiento del acusado al proceso penal, fundado en el peligro de entorpecimiento y para neutralizar el riesgo de fuga.
“Lo más probable es que el acusado no se someta al proceso; los riesgos procesales se encuentran más que acreditados”, afirmó Vidal. Aseguró que de recaer una condena la misma será de cumplimiento efectivo. Asimismo el pedido estuvo fundado en el comportamiento del acusado durante el proceso penal, antes de ser condenado.
Resolución
El juez de garantías Juan Manuel Kees dio por formulados los cargos y fijó un plazo de investigación de dos meses. Asimismo en relación a M.A.Z dispuso la prisión preventiva por el plazo de dos meses, y en el caso de J.I.Z dispuso comparendos en los términos requeridos por la fiscalía.
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